El pasado jueves 7 de marzo se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. El Decreto recoge modificaciones en referencia a la Seguridad Social y el Régimen Jurídico de los convenios especiales de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia.
Aquellas personas, cuidadores o cuidadoras en el entorno familiar, que estén en esta situación podrán recuperar la cotización a la Seguridad Social.
Los posibles casos son los siguientes:
1.- Los que optaron por seguir cotizando por su cuenta, no deberán hacer nada, desde la administración cruzará datos y empezarán a cotizar desde el 1 de abril.
2.- Quienes dejaron de cotizar y estén interesados deberán acudir a la Seguridad Social con la resolución de PIA donde se reconozca la prestación de cuidados en el entorno familiar desde la fecha que entra en vigor el Real Decreto ley: el 1 de abril, siempre y cuando se solicite dentro de los 90 días naturales siguientes a esa fecha. Transcurrido dicho plazo, la cotización surtirá efecto desde la fecha en que se haya solicitado su suscripción.
3.- Aquellos expedientes nuevos en los que se conceda como servicio la prestación de cuidados en el entorno familiar, y tras la solicitud pertinente en la Seguridad Social, les contará desde la fecha de Resolución del PIA.
4.- A quienes estén trabajando en jornada parcial, la cotización le cubrirá hasta la jornada completa.
A esta cotización sólo tienen derecho aquellas personas que tengan como prestación de dependencia la de cuidados en el entorno familiar, única y exclusivamente. Tampoco cotizarán, los cuidadores familiares que se encuentren de alta en la Seguridad Social por su trabajo en la empresa privada o sean autónomos en su empresa; ni los que ya estén disfrutando de una pensión de jubilación.
Para ampliar información pueden dirigirse, los jueves, al Servicio de Atención a la Dependencia del área de Servicios Sociales de la Ayuntamiento de Pinoso.
Ante cualquier duda, se ha de contactar con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).