Convocadas las ayudas personales de promoción de la autonomía personal para personas con diversidad funcional para el ejercicio 2023.

Fecha:

Categorias: Noticias

Convocadas las ayudas personales de promoción de la autonomía personal para personas con diversidad funcional para el ejercicio 2023.

La Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Pinoso informa que desde la Generalitat Valenciana se han convocado las  ayudas personales para la promoción de la autonomía personal de personas con diversidad funcional.

Se consideran como ayudas personales de promoción de la autonomía personal:

  1. a) Adquisición de ayudas técnicas y productos de apoyo.
  2. b) Ayuda destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y la adaptación funcional del hogar.
  3. c) Ayuda para la adaptación de vehículos.
  4. d) Ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales.

Serán objeto de subvención únicamente las adquisiciones o actuaciones realizadas dentro del año natural correspondiente a la presente convocatoria.

Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas que tengan la condición legal de persona con discapacidad o diversidad funcional residentes en la Comunitat Valenciana.

Entre los requisitos requeridos se encuentran:

  1. Tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad o diversidad funcional
  2. Tener su residencia legal en un domicilio sito en un municipio de la Comunitat Valenciana.
  3. Ser menor de 65 años.
  4. Tener una renta individual o per cápita familiar inferior al triple del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para el ejercicio anterior al de la convocatoria.
  5. Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que supongan una pérdida de autonomía, le impidan o dificulten su movilidad o comunicación a través de medios normales.

En el caso de ayudas de transporte, además, es preciso:

  1. a) Tener reconocida la condición de persona con discapacidad con movilidad reducida.
  2. b) No estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral.
  3. c) No tener reconocido el subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.
  4. d) Igualmente, deberá acreditarse esta necesidad en el caso de personas usuarias de centros de acción social incluidos en la red pública de servicios sociales cuyo transporte no esté financiado por los propios centros.

 La cuantía máxima de la ayuda no podrá ser superior al coste de la acción, ni superar los módulos económicos máximos siguientes:

  1. A) Adquisición de ayudas técnicas y productos de apoyo
  2. Ayudas técnicas para personas con discapacidad física: 2.100 

2.Ayudas técnicas para personas con discapacidad auditiva: 1.600 

  1. Ayudas técnicas para personas con discapacidad visual, intelectual o trastorno del espectro autista: 1.350 
  2. Otros productos y ayudas técnicas: 1.200 
  3. B) Ayudas destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y la adaptación funcional del hogar
  4. Adaptaciones en el cuarto de baño: 2.800 
  5. Eliminación de barreras en el interior de la vivienda: 4.000 
  6. C) Adaptación de vehículo de motor: 1.500 
  7. D) Ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales: 6 € / día

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. DOGV núm. 9502 de 31.12.2022

Las solicitudes de subvención se presentarán, junto con la documentación requerida, preferentemente en el registro de entrada de las Direcciones Territoriales de Igualdad y Políticas Inclusivas correspondiente al municipio donde resida el solicitante, o por internet con certificado electrónico.

https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=369

El plazo máximo de presentación de la justificación de estas ayudas será de dos meses, a contar desde la notificación de la concesión de resolución de ayuda, y en todo caso, antes del día 29 de diciembre de 2023.

 

Deja un comentario

Te puede interesar

Ir al contenido