Abierto el plazo de solicitud de las ayudas del Plan de Reforma Interior de Viviendas

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Abierto el plazo de solicitud de las ayudas del Plan de Reforma Interior de Viviendas

  • El plazo finaliza el 17 de julio
  • Podrán solicitar ayudas personas con diversidad funcional y movilidad reducida y ayudas para rehabilitar habitaciones húmedas

El Plan Renhata elaborado por la Conselleria de Vivienda la Generalitat Valenciana, en la convocatoria 2020, ha creado unas subvenciones para la mejora de las condiciones en interior de las viviendas.

Las reformas que están estipuladas en este plan contemplan las habitaciones húmedas (cocina, baños, etc) con la finalidad  de adecuarlo a las condiciones actuales  de habitabilidad y normativa vigente. También la adaptación de la vivienda al uso de personas con diversidad funcional y movilidad reducida que incluye ampliación de espacios de circulación, cambio de puertas o instalación de señales acústicas o luminosas, así como la instalación de sistemas integrales de domótica.

Para poder solicitar estas ayudas el edificio deberá tener una antigüedad de 20 años, no siendo así  para personas empadronadas con diversidad funcional con un grado de discapacidad superior al 50%, 33% o personas mayores de 70 años. La vivienda será la residencia habitual y las obras deben haberse iniciado después del 1 de enero de 2019 y haber finalizado después del 7 de mayo de 2019, en ningún caso deberán haber superado 6 meses de trabajo.

Además el presupuesto de las ayudas deberá haber sido no superior a 12.000€ ni inferior de 2.000€. El resultado de la subvención a recibir se realizará a través de una baremación que tendrá en cuenta diferentes cuestiones que quedan reflejadas en las bases.

Estas ayudas se podrán presentar hasta el 17 de julio de 2020, una vez ampliada la convocatoria debido a la situación provocada por la Covid-19, estas deberán realizarse de forma telemática a través del enlace estipulado en las bases con certificado electrónico https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/login.html y sin este, utilizando el sistema de clave permanente del Estado con autenticación y firma.

Consulta las bases: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18507

 

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